Justicia declara inconstitucional el veto a la Ley de Emergencia en Discapacidad

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En un importante revés para el Ejecutivo, el Juzgado Federal de Campana declaró inconstitucional el veto presidencial a la Ley 27.793, conocida como Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad. El fallo surgió como respuesta a un amparo presentado por una familia con dos hijos con discapacidad que denunciaba riesgo de interrupción en tratamientos médicos fundamentales.

Fundamentos del fallo

El juez federal Adrián González Charvay consideró que el veto violaba compromisos internacionales adquiridos por Argentina en materia de protección de la niñez y de las personas con discapacidad, así como el principio de progresividad de los derechos humanos y el deber de no regresividad.

Además, enfatizó que el argumento presupuestario del Ejecutivo fue “arbitrario” y que la ley faculta al Jefe de Gabinete a reasignar partidas para garantizar su cumplimiento. En consecuencia, el derecho a la salud, educación y rehabilitación de los niños debe prevalecer frente a restricciones fiscales.

Alcances y efectos concretos

  • La declaración de inconstitucionalidad apunta directamente al Artículo 3 del Decreto 534/2025, que vetó completamente la ley.
  • El fallo está directamente asociado con el caso de dos menores identificados como B.N. e Y.N., quienes ya estaban recibiendo prestaciones del Sistema de Prestaciones Básicas.
  • La obra social deberá adaptar sus prestaciones acorde a lo dispuesto por la ley de emergencia y el Estado correrá con los costos judiciales.

Repercusiones y pasos a seguir

Este fallo judicial podría abrir camino a numerosos amparos similares, y constituye un precedente en el control del uso del veto presidencial, especialmente cuando afecta derechos fundamentales ya garantizados en tratados internacionales.

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